En Colombia, la protección de datos en la propiedad horizontal, están regulados por la ley 1581 de 2012. La cual tiene por objeto "Desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos libertades y garantías constitucionales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política; así como el derecho a la información consagrado en el artículo 20 de la misma"
Es indispensable conocer los datos que maneja una propiedad horizontal asociados a una persona determinada. Datos como como su nombre, número de identificación, registro de visitantes, cámaras de vigilancia, o como sus rasgos físicos, huella digital, imágenes fotográficas y hoja de vida de trabajadores.
Por consiguiente, y según la Superintendencia de Industria y Comercio, el administrador o responsable de los edificios o conjuntos residenciales deberá informarle a las personas de manera clara lo siguiente:
Administradores y/o consejo directivo de las propiedades horizontales, recuerden que deberán estar comprometidos con el cumplimiento de esta ley. Tener cuidado al recolectar, conservar o divulgar datos de los residentes ocupantes y visitantes de cada inmueble. Así, evitarán sanciones económicas, y desconfianza entre los residentes de la copropiedad.
Así mismo, copropietarios no deben olvidar que ustedes pueden acceder al Reglamento de Propiedad Horizontal. Es un documento público y cualquier persona puede tener acceso a él, mediante una copia simple o auténtica que se pida en la notaría.